Bono social
El bono social es un mecanismo regulado por el Gobierno que busca proteger a consumidores vulnerables con menores posibilidades económicas. Tendrá la consideración de consumidor vulnerable el titular de un punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual que, siendo persona física, esté acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y cumpla una serie de requisitos.
Para la aplicación de este bono social, en el RD 897/2017 se establecen 3 tipologías de consumidores:
A) Clientes Vulnerables (CV)
B) Clientes Vulnerables Severos (CVS)
C) Clientes Vulnerables Severos en Riesgo de Exclusión Social
A) Clientes Vulnerables (CV)
Para acogerse a esta tipología, el consumidor y su unidad familiar* deben incluirse en alguna de las siguientes categorías:
1) Nivel de IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples): Que su renta o, en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea igual o inferior a:
1.1) Sin ningún menor en la unidad familiar: 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (11.279,39 €)
1.2) Con un menor en la unidad familiar: 2 veces el índice IPREM de 14 pagas (15.039,18 €)
1.3) Con dos menores en la unidad familiar: 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas (18.798,98 €)
2) Familia Numerosa: Estar en posesión del título de familia numerosa.
3) Pensionista: Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
* A estos efectos, se considera unidad familiar a la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación de no Residentes y sobre el Patrimonio
Circunstancias especiales**: Si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar:
– Tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
– Acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
– Tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
** Deberá presentar un documento acreditativo, con la solicitud del Bono Social, de encontrarse en alguna de las circunstancias indicadas. En estos casos el valor de referencia del IPREM se incrementará, en 0,5.
El consumidor vulnerable podrá beneficiarse de un descuento en su factura denominado bono social. El precio resultante de dicho descuento será la TUR. La TUR de aplicación al consumidor vulnerable será el precio resultante de aplicar un descuento del 25% en todos los términos que componen al PVPC con un límite de consumo por período de facturación.
B) Cliente Vulnerable Severo (CVS)
Se trata de Consumidores Vulnerables con umbrales de renta inferiores.
1) CVS por IPREM: La renta anual de la unidad familiar será menor o igual que el 50% de los umbrales de renta definidos para los consumidores vulnerables (incrementados en 0,5 en caso de acreditar circunstancias especiales).
1.1) Ningún menor en la unidad familiar: 0.75 veces el IPREM de 14 pagas (5.639,69 €)
1.2) Un menor en la unidad familiar: 1 vez el IPREM de 14 pagas (7.519,59 €)
1.3) Dos menores en la unidad familiar: 1,25 veces el IPREM de 14 pagas (9.399,49 €)
2) CVS Familia Numerosa: El límite se establece en 2 veces el IPREM (15.039,18 €)
3) CVS Pensionista: El límite se establece en 1 vez el IPREM (7.519,59 €)
C) Cliente Vulnerable Severo en Riesgo de Exclusión Social
Se trata de Consumidores Vulnerables Severos que son atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura. Será acreditado mediante documento expedido por los servicios sociales de dichas administraciones públicas, donde confirme que procederá al pago de la factura. Estos suministros serán considerados esenciales.
Tanto al CVS como al CVS en Riesgo de Exclusión Social, se les aplicará un descuento del 40% en todos los términos que componen el PVPC con un límite de consumo por período de facturación.
Límite de energía en cada período de facturación
Se calculará prorrateando la energía anual máxima recogida en la siguiente tabla entre el número de días que conformen el período de facturación.
Categoría | Límite Máximo de Consumo (kWh) |
---|---|
Solicitud sin menores | 1.200 |
Solicitud con un menor | 1.680 |
Solicitud con dos menores | 2.040 |
Familia Numerosa | 3.600 |
Pensionistas | 1.680 |
Documentación necesaria
Según la categoría de bono social a la que corresponda, deberá aportarnos también la documentación que se indica en el siguiente cuadro:
IPREM | Familia Numerosa | Pensionista* | |
---|---|---|---|
Fotocopia DNI titular suministro1 | X | X | X |
Certificado Empadronamiento | X | X | X |
Libro de Familia / Certificación Registro Civil de cada integrante de la Unidad Familiar |
X | X | X |
Comprobación IPREM | X2 | X3 | X3 |
Título Familia Numerosa | X | ||
Certificación Seguridad Social (todos los miembros cobran pensión mínima) |
X4 | ||
Documento de Servicios Sociales acreditativo de las Circunstancias Especiales (sólo si aplica) |
X |
*Sólo si el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
[1] Se deberá presentar la fotocopia del DNI tanto del titular del contrato como de todos los miembros que integran la unidad familiar.
[2] En el caso del País Vasco y Navarra, el consumidor deberá aportar su declaración de la renta o certificado de imputaciones.
[3] En el caso del País Vasco y Navarra, para poder otorgar el bono social como Cliente Vulnerable Severo, será obligatoria la presentación de la declaración de la renta. En caso de que no presenten este documento pero si cumplan con el resto de requisitos, se otorgará al cliente el bono social de Consumidor Vulnerable.
[4] En el caso de País Vasco y Navarra, el consumidor deberá presentar un certificado que acredite que todos los miembros de la unidad familiar con ingresos, son pensionistas que perciben la cuantía mínima vigente en cada momento.
El consumidor deberá aportar también sus declaraciones de la renta o certificados de imputaciones.
El bono social se comenzará a aplicar en la siguiente factura tras la recepción completa de la documentación acreditativa, siempre que dicha recepción tenga lugar al menos 15 días naturales antes de la fecha de emisión de la misma. En caso contrario, la aplicación se realizará desde la factura inmediatamente posterior.